Cuando una empresa unipersonal, Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L. o Sociedad Anónima S.A. decide aliarse otra empresa disolviendo su condición anterior, debe realizar los trámites de fusión de sociedades comerciales, para tal efecto, presentamos a continuación una guía para facilitar a los empresarios bolivianos el procedimiento a seguir en estos casos.
¿Qué es la fusión de sociedades?
Existe fusión cuando dos o más sociedades se disuelven, sin liquidarse, para constituir una nueva (Fusión propiamente dicha); o cuando una ya existente incorpora a otra u otras que, se disuelven sin liquidarse. (Fusión por absorción)
Requisitos
Formulario Nº 0031 de solicitud de Registro de Fusión con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal.
Balances especiales de corte practicados a la fecha del acuerdo, por cada uno de los participantes en la fusión, acompañando la solvencia profesional original otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores, de acuerdo a lo dispuesto por el num. 2) del Art. 406 del Código de Comercio.
Compromiso de fusión suscrito por los representantes de las sociedades Intervinientes, aprobado por la asamblea de socios o junta de accionistas.
Testimonio de escritura pública de acuerdo definitivo de la fusión, sea ésta propiamente dicha o por absorción, en original o fotocopia legalizada legible, que debe contener los aspectos indicados en los num. 1) al 5) del Art. 407 del Código de Comercio, así como debe contener una cláusula en la que expresamente se señale haberse dado cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 406 inc. 2) del Código de Comercio.
Publicación in extenso en un periódico de circulación nacional del testimonio de la escritura pública de acuerdo definitivo de fusión. (Adjuntar página completa del periódico en que se efectúa la publicación)
Testimonio de poder del representante legal, en un ejemplar original o fotocopia legalizada legible, en la que se inserte el acta de asamblea de socios o junta de accionistas en la que conste su nombramiento. Si el representante legal es extranjero debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación), acompañando una fotocopia simple de dicho documento firmada por el titular. En su caso puede también presentar certificación original o fotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacional de Migración SENAMIG.
Adicionalmente, en caso de tratarse de una fusión propiamente dicha, la sociedad emergente de la misma debe cumplir y adecuarse a las normas correspondientes al tipo societario respectivo, conforme a lo dispuesto por el Art. 408 del Código de Comercio.
En caso de ser sociedades comerciales sujetas a regulación sectorial, deben acreditar la autorización de la Superintendencia respectiva.
Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que las sociedades comerciales o las empresas unipersonales que se pretenden fusionar cuenten con las Matrículas de Comercio actualizadas.
Arancel
S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs. 455,00
S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: Bs. 584,50
Plazos
Siete días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.
Procedimiento
Presentada la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro del arancel correspondiente y la emisión del código de trámite que identifica el cargo de recepción.
En caso que el representante legal sea extranjero, Ventanilla de Atención al Cliente debe efectuar la verificación de la fotocopia simple con el documento original que acredite la radicatoria del mismo, y una vez verificado debe ser devuelto dicho original en forma inmediata al cliente.
Una vez recibido el trámite se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis jurídico y verificar el cumplimiento de las formalidades legales establecidas, puede efectuar el registro correspondiente o en su caso observar el trámite.
Caso fusión por absorción: En el primer caso, tratándose de fusión por absorción el Analista Jurídico procede a su registro en la Matricula de la sociedad o empresa absorbente o incorporante y cancelará las Matrículas de las sociedades o empresas incorporadas o absorbidas.
Caso fusión: Tratándose de fusión propiamente dicha para la constitución de una nueva sociedad o empresa, el Analista Jurídico procede al otorgamiento de la Matrícula de Comercio a la nueva sociedad y en consecuencia procede a la cancelación de las Matrículas de Comercio de las sociedades fusionadas.
En ambos casos se procede a digitar las partes pertinentes de la documentación que corresponda al trámite. Luego, se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente incorporando las carpetas comerciales a las sociedades o empresas fusionadas a la carpeta comercial de la sociedad absorbente o en su caso de la nueva sociedad.
Concluido el proceso de registro, Ventanilla de Atención al Cliente extiende los respectivos certificados.
Observaciones
En caso de existir observaciones al trámite, se emite una nota de devolución en la que se especifique las observaciones que determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y cómo puede subsanarse; derivándose los documentos a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.
En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimonio de aclarativa, complementación o modificación al instrumento, el Analista Jurídico debe realizar el procedimiento indicado precedentemente y en caso de proceder el registro debe digitar en forma vinculante también los datos de dichos documentos dentro del mismo registro de la escritura aclarada, complementada o modificada.
Oficina Nacional: Avenida 6 de Agosto esq. Campos N° 2700 Edificio Torre Empresarial CADECO Piso 2. Ciudad de La Paz Atención al público: Lunes a Viernes de 09:00 a 17:00 Recepción de documentación de 9:00 a 18:00 Teléfono: 2145442 – 2125219 Fax: 2145441
Oficina Santa Cruz
Cainco: Av. Las Américas N°7 Edificio Torres CAINCO Atención al público: Lunes a Viernes de 08:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30 Teléfono: 3340100 Fax: 3367796
Chuquisaca – Sucre
C. España N° 66 Atención al público: Lunes a Viernes de 08:25 a 12:25 y de 14:25 a 18:25 Teléfono: 6913368
Cochabamba
El Prado, Av. Ballivian N° 638, esq. España, Piso 2 Atención al público: Lunes a Viernes de 08:25 a 12:25 y de 14:25 a 18:00 Teléfono: 4523096 – 4523073 Fax: 4122206
Beni – Trinidad
Avenida Germán Busch N° 27 Atención al público: Lunes a Viernes de 08:30 a 12:25 y de 14:30 a 18:25 Teléfono: 4621110
Oruro
C. Potosí esq. Adolfo Mier N° 1495 Atención al público: Lunes a Viernes de 08:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30 Teléfono: 5113656
Pando – Cobija
Avenida 9 de Febrero. Zona 11 de Octubre, Kilómetro 2. Atención al público: Lunes a Viernes de 08:30 a 12:20 y de 14:30 a 18:20 Teléfono: 8424895
Potosí
C. Matos N° 12 Atención al público: Lunes a Viernes de 08:30 a 12:00 y de 14:30 a 18:00 Teléfono: 6122895
Tarija
C. La Madrid esq. Padilla Edificio Cámara Departamental de la Construcción. Atención al público: Lunes a Viernes de 08:25 a 11:30 y de 14:30 a 17:30 Teléfono: 6113795Etiquetas: Empresa, FUNDEMPRESA, MYPEs, PYMEs
El Estado Plurinacional de Bolivia ha creado la entidad Pro Bolivia que además de impulsar el desarrollo empresarial en Bolivia tiene la función de registrar o y acreditar a todas las unidades productivas de Bolivia. Para tal efecto, a continuación se presenta una orientación sobre los conceptos, requisitos y procedimientos que los representantes de las Unidades Productivas deben seguir para su adecuado registro y así poder acceder a los beneficios que brinda el Estado.
¿Qué es el registro y acreditación de unidades productivas?
Es el acto administrativo por el cual PRO-BOLIVIA, mediante la emisión de un certificado establece que la unidad Productiva ha cumplido con los requisitos determinados en el reglamento de Registro y Acreditación.
Unidad productiva
Término que corresponde a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas de Bolivia, así como a las asociaciones de pequeños productores urbanos y rurales, organizaciones económicas campesinas – OECAS y otras de características similares, cuya actividad económica sea de carácter productivo.
Clasificación de Unidades productivas
1. Microempresa
Categorización
Criterios de Diferenciación
Número de trabajadores
Inferior o Igual a 9 trabajadores
Activos productivos
Inferior o Igual a UFV150.000 (aprox. 295.254 Bs.)
Ventas anuales
Inferior o Igual a UFV 600.000.- (aprox. 1.121.016 Bs.)
Inferior o Igual a UFV 75.000.- (aprox. 147.627 Bs.)
2. Pequeña empresa
Categorización
Criterios de Diferenciación
Número de trabajadores
Entre 10 y 19 trabajadores
Activos productivos
Entre UFV 150.001.- y UFV 1.500.000.- (aprox. 2.952.540 Bs)
Ventas anuales
Entre UFV 600.001.- y UFV 3.000.000.- (aprox. 5.905.080 Bs.)
Exportaciones anuales
Entre UFV 75.001.- y UFV 750.000.- (aprox. 1.476.270 Bs.)
3. Mediana empresa
Categorización
Criterios de Diferenciación
Número de trabajadores
Entre 20 y 49 trabajadores
Activos productivos
Entre UFV 1.500.001.- y UFV 6.000.000.- (aprox. 11.810.160 Bs.)
Ventas anuales
Entre UFV 3.000.001.- y UFV 12.000.000.- (aprox. 23.620.320 Bs.)
Exportaciones anuales
Entre UFV 750.001.- y UFV 7.500.001.- (aprox. 14.762.700 Bs.)
4. Gran empresa
Categorización
Criterios de Diferenciación
Número de trabajadores
Más de 50 trabajadores
Activos productivos
Mayor o igual a UFV 6.000.001.- (aprox. 11.810.162 Bs)
Ventas anuales
Mayor o igual a UFV 12.000.001.- (aprox. 23.620.322 Bs.)
Exportaciones anuales
Mayor o igual a UFV 7.500.001.- (aprox. 14.762.702 Bs.)
Los criterios indicados no se aplican a las Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales, a las Organizaciones Económicas Campesinas (OECAS) y similares.
Solo en el caso de la diferenciación de las organizaciones económicas campesinas – OECAS se considerará únicamente los rangos definidos para las ventas anuales y las exportaciones anuales, para determinar el nivel al que corresponde dentro de esta categorización.
En el caso de que la unidad productiva supere cualquiera de estos criterios será considerada automáticamente en el siguiente nivel.
Pro Bolivia
Entidad pública desconcentrada, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, destinada a impulsar el cambio de la matriz productiva nacional a través del incremento de la agregación de valor a la producción primaria, transformación tecnológica, alza de la productividad, diversificación productiva y mayor generación de excedentes e ingresos en la producción artesanal, agroindustrial, manufacturera e industrial, participando en la creación, consolidación, modernización y tecnificación de los emprendimientos productivos bolivianos del conjunto de las unidades productivas urbanas y rurales del País.
Cuenta entre sus competencias la de registrar y acreditar a las unidades productivas y evaluar las demandas y potencialidades de las unidades productivas del País.
Beneficios – 20% de margen de preferencia para licitaciones públicas
Una vez que las unidades productivas se hayan registrado y cuenten con la acreditación de Pro Bolivia pueden acceder a un conjunto de beneficios como: el 20% de margen de preferencia para licitaciones publicas, entre otros.
Los beneficios del Registro y Acreditación se amparan en el Decreto Supremos N°181, que establece en su artículo N°31 en la contratación de bienes y servicios bajo las modalidades de Licitación Pública y ANPE que «se aplicará un margen de preferencia del veinte por ciento (20%) al precio ofertado, para las Micro y Pequeñas Empresas, Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales y Organizaciones Económicas Campesinas. El factor numérico de ajuste será de ochenta centésimos (0.80)».
¿Quiénes se benefician con el certificado de Registro Nacional de Unidades Productivas?
Las Unidades Productivas que: produzcan, fabriquen, agreguen valor a un bien o transformen un producto o servicio. Como también las empresas que presten servicios a las entidades Públicas. (D.S. 181 Art.5 inciso ss).
Quedan excluidas aquellas unidades cuya actividad implique la compra y/o reventa (intermediacion sin agregar valor al bien comercializado.
Requisitos para el acceso al Certificado de Margen de Preferencia
Las personas naturales o jurídicas, para solicitar su registro como unidades productivas ante Pro-Bolivia, deberán presentar los siguientes documentos:
Personas Naturales
Carta de solicitud de Registro y Acreditación de la Unidad Productiva dirigida al Director General Ejecutivo PRO-BOLIVIA (Lic. Javier Rolando Escalante Villegas) indicando los documentos presentados y el numero de NIT o CI al que se emitira la factura.
Copia de la cédula de identidad del interesado, productor o empresario.
Constancia de pago por la tarifa de Bs. 90 (Noventa 00/100 Bolivianos) para micro o pequeñas empresas en Bolivia, asociaciones de pequeños productores urbanos y rurales, organizaciones económicas campesinas – OECAS y otras de característas similares o Bs. 180 (Ciento Ochenta 00/100 Bolivianos) para mediana o gran empresa. Depósito al Banco Unión a la cuenta 10000004668254 “Entidad Pública Desconcentrada PRO BOLIVIA”.
Los documentos a ser presentados, deberán ser entregados en el orden listado en un folder con fastener.
Personas jurídicas
Carta de solicitud de Registro y Acreditación de la Unidad Productiva dirigida al Director General Ejecutivo a.i. PRO-BOLIVIA (Lic. Javier Rolando Escalante Villegas) indicando los documentos presentados.
Fotocopia legalizada de Documento de constitución. (Si corresponde)
Fotocopia legalizada del Poder del representante legal. (Si corresponde)
Copia de la cédula de identidad del representante legal.
Constancia de pago por la tarifa de Bs. 90 (Noventa 00/100 Bolivianos) para micro o pequeña empresa,asociaciones de pequeños productores urbanos y rurales,organizaciones económicas campesinas – OECAS y otras de característas similares, o Bs. 180 (Ciento Ochenta 00/100 Bolivianos) para mediana o gran empresa. Depósito al Banco Unión a la cuenta 10000004668254 “Entidad Pública Desconcentrada PRO-BOLIVIA”.
Los documentos a ser presentados, deberán ser entregados en el orden listado en un folder con fastener.
Procedimiento
Personal de ProBolivia procederá a la fase de verificación de la documentación presentada. Si en dicha fase se llegase a identificar falencias u observaciones en la documentación presentada, Pro-Bolivia comunicará al solicitante las mismas, suspendiéndose el trámite hasta que el solicitante subsane las observaciones.
Todas las observaciones, complementaciones y enmiendas que se requieran deben constar por escrito en un formulario habilitado para ese efecto.
De no presentarse observaciones se procederá al registro de la unidad productiva, su categorización como asociaciones de pequeños productores urbanos y rurales, organizaciones económicas campesinas – OECAS, Micro, Pequeña, Mediana o Gran Empresa en Bolivia y archivo de la documentación presentada.
Renovación
Las unidades productivas, para obtener la renovación cada año de su acreditación deberán presentar los siguientes requisitos:
a. Personas Naturales
Carta de solicitud de Renovación de la Unidad Productiva dirigida al Director General Ejecutivo de PRO-BOLIVIA (Lic. Javier Rolando Escalante Villegas) indicando los documentos presentados y el numero de NIT o CI al que se emitira la factura.
Copia de cédula de identidad del propietario de la Unidad Productiva.
Declaración Jurada para Renovación de Unidades Productivas, firmado por el Propietario de la Unidad Productiva. (Recabar en Oficinas o Página Web PRO BOLIVIA. Si el Formulario de Registro se lo lleno a través de la página web, este requisito no es necesario).
Constancia de pago por la tarifa de Bs. 45 (Cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) siempre y cuando lo realice dentro de la vigencia del certificado (R.M. Nº064.2015) aplicable para Micro o Pequeña Empresa, Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales, Organizaciones Económicas Campesinas OECAS. Y Bs. 180 (Ciento Ochenta 00/100 Bolivianos) para Mediana o Gran Empresa. Depósito al Banco Unión a la cuenta 10000004668254 «Entidad Pública Desconcentrada PRO-BOLIVIA».
b. Personas jurídicas, Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales, OECAS y similares
Carta de solicitud de Renovación de la Unidad Productiva dirigida al Director General Ejecutivo PRO-BOLIVIA (Lic. Javier Rolando Escalante Villegas) indicando los documentos presentados.
Copia de cédula de identidad del representante legal de la Unidad Productiva.
Fotocopia legalizada del documento de constitución (Si Corresponde).
Fotocopia legalizada del poder del representante legal (Si corresponde)
Declaración Jurada para Renovación de Unidades Productivas, firmado por el Representante Legal de la Unidad Productiva. (Recabar en Oficinas o Página Web PRO BOLIVIA. Si el Formulario de Registro se lo lleno a través de la página web, este requisito no es necesario).
Constancia de pago por la tarifa de Bs. 45 (Cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) siempre y cuando lo realice dentro de la vigencia del certificado (R.M. Nº064.2015) aplicable para Micro o Pequeña Empresa, Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales, Organizaciones Económicas Campesinas OECAS. Y Bs. 180 (Ciento Ochenta 00/100 Bolivianos) para Mediana o Gran Empresa. Depósito al Banco Unión a la cuenta 10000004668254 «Entidad Pública Desconcentrada PRO-BOLIVIA».
Los documentos a ser presentados, deberán ser entregados en el orden establecido en un archivador debidamente asegurado.
Acreditación
Una vez concluido el proceso de registro, Pro-Bolivia procederá inmediatamente a la emisión de la acreditación solicitada, mediante el certificado correspondiente. Dicha acreditación tendrá una vigencia de Doce (12) meses e incluirá la categorización de la unidad productiva. Los representantes de las unidades productivas pueden solicitar más de una copia del certificado para ello deberán presentar los siguientes documentos:
Requisitos de copia/duplicado de certificación
Carta de solicitud dirigida al Director General Ejecutivo PRO-BOLIVIA (Lic. Javier Rolando Escalante Villegas) indicando el número de copias requeridas del Certificado de Acreditación.
Constancia de pago por la tarifa de Bs. 45 (Cuarenta y cinco 00/100 Bolivianos) siempre y cuando lo realice dentro de la vigencia del certificado (R.M. Nº064.2015) aplicable para Micro o Pequeña Empresa, Asociaciones de Pequeños Productores Urbanos y Rurales, Organizaciones Económicas Campesinas OECAS. Y Bs. 180 (Ciento Ochenta 00/100 Bolivianos) para Mediana o Gran Empresa. Depósito al Banco Unión a la cuenta 10000004668254 «Entidad Pública Desconcentrada PRO-BOLIVIA». Los documentos a ser presentados, deberán ser entregados en el orden establecido en un archivador debidamente asegurado.
Los documentos a ser presentados, deberán ser entregados en el orden listado en un folder con fastener.
Tiempo
El proceso de registro, acreditación, certificación y/o renovación no deberá demorar más de diez (10) días hábiles a partir de la presentación de la solicitud ante Pro-Bolivia.
Ubicación Oficina central de registro
Teléfonos: (591)-2-2145546 – (591)-2-2146687. (Oficina PRO BOLIVIA)
Línea gratuita: 800101660
Dirección: Avenida Camacho esq. Bueno – Edificio EX-REFO #1488, Planta Baja. Ciudad de La Paz, Bolivia
Toda empresa boliviana dedicada a la actividad industrial debe contar con una licencia de funcionamiento otorgado por los gobiernos autónomos municipales al que corresponden. En el caso del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP) se determina las siguientes consideraciones, procedimientos y requisitos para la apertura y funcionamiento de esas actividades económicas en general en función del siguiente marco legal:
Ley Nº 133 del 27 de abril de 1992.
Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (RASIM) (D.S. Nº 26736/2002).
Resolución Municipal Nº 40/2003.
Resolución Municipal Nº 119/2003.
Ordenanza Municipal Nº 692/2008.
Ordenanza Municipal Nº 159/2009.
Ordenanza Municipal Nº 152/2010.
Resolución Ejecutiva Nº 46/2012.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber
El laboratorio Municipal realiza la inspección de establecimientos e industrias dedicadas a la transformación de productos alimenticios y otros en donde se aplica control de calidad y evaluación de puntos críticos de control como las industrias cosméticas. Se realiza la inspección a los siguientes rubros alimenticios:
Industrias alimenticias.
Hornos de panificación artesanal y productos de panadería y pastelería.
Industrias de bebidas alcohólicas y analcohólicas.
Embotelladoras de agua.
Industrias cosméticas y de shampoo.
Elaboradoras de alimento balanceado.
Hipermercados.
Supermercados.
Plaza de comidas.
Requisitos
En caso de persona natural
Fólder con sujetador que contenga la siguiente documentación:
Formulario de solicitud de licencia de funcionamiento (recabar y llenar en plataforma de atención al contribuyente).
Original y fotocopia de la cédula de identidad del titular.
Fotocopia de la última factura de luz (anverso y reverso), que acredite la dirección del domicilio de la actividad económica.
Fotocopia del NIT y certificado de inscripción (si corresponde).
Croquis de ubicación de la actividad económica y superficie de distribución de los ambientes, expresados en metros cuadrados.
Para actividades que cuentan con una superficie mayor a 150 metros cuadrados, deberá presentar plano elaborado por un arquitecto.
Formulario original y fotocopia del Registro Ambiental Industrial (RAI), emitido por la Dirección de Gestión Ambiental del GAMLP.
Carta de categorización industrial, emitida por la Dirección de Gestión Ambiental del GAMLP.
Certificado acústico emitido por la Dirección de Gestión Ambiental del GAMLP (para actividades que generen ruido).
Carta de autorización firmada por el propietario del inmueble de conocimiento del funcionamiento de la actividad industrial, en caso de ser alquilada o anticrético.
Para Industrias de elaboración de alimentos y bebidas, adjuntar
Certificado de SENASAG.
Carnet de manipulación de alimentos emitidos por el GAMLP (Intendencia Municipal).
Para personas jurídicas, adjuntar
Original y fotocopia de la cédula de identidad del apoderado o representante legal.
Fotocopia de testimonio de constitución de sociedad.
Original y fotocopia del poder notariado del representante legal (actualizado).
Procedimiento
Solicite verbalmente información y requisitos en la plataforma de atención al ciudadano Sitr@m, ubicada en el Centro Multipropósito del Mercado Camacho.
Le otorgarán un formulario Nº 401 ó Nº 402 de solicitud de licencia de funcionamiento, mismo que debe presentar debidamente llenado. Si no existen observaciones ni multas por incumplimiento a deberes formales, registran el trámite en el Sitr@m. Le entregarán una contraseña para que haga seguimiento en 5 días para conocer la fecha de inspección. Nota.- En caso de existir adeudos tributarios, le devuelven la documentación, entregándole proforma de pago y el trámite no es iniciado.
Personal designado del Laboratorio Municipal procede a la Inspección en el establecimiento donde funcionará la actividad económica para verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas, ambientales, de higiene y salubridad de acuerdo a normativa vigente, emitiendo el resultado correspondiente.
Fin del trámite. Se le hace entrega de licencia de funcionamiento a presentación de su CI. o poder notariado vigente en la Plataforma de atención al contribuyente del Área de Tasas y Patentes, ubicada en el Centro Multipropósito del Mercado Camacho. Y finalmente firma un recibo de entrega.
Tiempo de duración
5 días hábiles (si no existiesen observaciones).
Puntos de Atención
Zona central: Plataforma de atención al ciudadano Sitr@m. Centro Multipropósito del Mercado Camacho, ciudad de La Paz
Zona Sur: Subalcaldía Sur, Macrodistrito V, a través de la plataforma de atención al ciudadano Sitr@m, ciudad de La Paz.
La marca, es la imagen o signo que permite a las empresas posicionarse en el mercado. Sin embargo, la gran mayoría de emprendedores que comienza por primera vez un negocio descuida un aspecto fundamental: la imagen de marca, que a la larga es la que va a representar a la empresa y la va a hacer crecer. En ese sentido, los empresarios bolivianos tienen la responsabilidad de además de construir su imagen de marca, también la obligación de registrarla ante el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual SENAPI. a continuación presentamos una guía sobre conceptos, beneficios, requisitos y costos para realizar un adecuado registro de marca en Bolivia.
¿Qué es una marca?
Antes de construir una marca se debe tomar en cuenta que la marca es la imagen donde se acumulan todos los valores y conceptos de una empresa.
Es un signo que permite distinguir o diferenciar productos o servicios en el mercado. Presenta dos características principales: Debe ser posible representarlo gráficamente y debe poder distinguirse respecto a otros.
Una marca puede estar compuesta por palabras, dibujos, letras, números, objetos, emblemas o elementos figurativos, tridimensionales, etc.
El titular de una marca puede ser una persona, una empresa, un grupo o asociación.
Las marcas colectivas
Generalmente pertenecen a un grupo o asociación de empresas. Estas marcan indica que el producto o servicio ha sido fabricado o suministrados por los miembros de una asociación. El uso de la marca está reservado únicamente a los miembros del grupo o asociación, siempre que cumplan los presupuestos normativos establecidos por la asociación.
Tipos de marca
Denominativa: letras y palabras
Figurativa: Imagen, símbolos
Mixtas: Palabras y símbolos gráficos
Tridimensionales: Envases, envoltorios, botellas
Auditivas: Música corporativa, jingles
Olfativas: Mediante la presentación de fórmula
¿Quiénes pueden solicitar el registro de una marca?
Micro pequeñas y grandes Empresas de Bolivia, asociaciones de productores, fabricantes, prestadores de servicios legalmente establecidos.
¿Cuánto dura el registro de marca?
Un registro de marca dura 10 años y puede ser renovado de manera indefinida por plazos de 10 años y se deberá solicitar la renovación 6 meses antes de de la fecha de vencimiento del registro o hasta 6 meses después de su vencimiento.
Beneficios
Adquieren el derecho exclusivo de uso de marca.
Impedir a que terceros comercialicen productos idénticos con la misma marca o con una marca similar que pueda crear confusión.
Ayuda para la obtención de financiamiento ya que muestra mayor seriedad del productor o empresa.
Permite a las empresas diferenciar sus productos respecto a otras que ofrecen productos o servicios similares.
Incitan a las empresas a desarrollar sus productos o servicios con mejor calidad.
Una marca que proyecte excelente imagen y reputación, concede una gran ventaja sobre competidores al momento de la comercialización.
Requisitos
Declaración jurada.
Carta o memorial (con o sin firma de abogado) dirigida al Director (a) de Propiedad Industrial, solicitando el registro de la marca de producto o servicio.
Formulario de Registro (PI-100) debidamente llenado y firmado. (Descargar de www.senapi.gob.bo). Llenar en línea e imprimir 3 copias de la primera hoja, de las páginas 3-6 se imprime anverso y reverso un solo ejemplar. En caso de que la marca a ser registrada tenga un signo figurativo o logotipo debe adjuntarse la imagen del logotipo bajo el siguiente formato: Imagen de tamaño 4×4 cm, tipo de archivo JPG y Formato RGB , para que se imprima conjuntamente con el formulario a colores.
Poderes necesarios, en caso de ser unipersonal una fotocopia de CI.
El comprobante de pago de las tasas establecidas a: Cuenta Fiscal del SENAPI Banco Unión N° Cta. 1 –
Pago a la Cuenta Fiscal de la Gaceta Oficial de Bolivia Banco Unión Nº Cta. 1-293633 por Bs. 200.-
Toda la documentación deberá ser presentada en un Folder Amarillo, con la etiqueta de la marca a registrar, clase Internacional y nombre del solicitante en el mismo orden y debidamente foliada.
Costos
Pago a la cuenta fiscal del SENAPI BANCO UNION CTA. 1-4668220
Pago SENAPI
NACIONAL
EXTRANJERO
Solicitud de Marca
Bs. 500
Bs. 1000
Título de concesión de Marca
Bs. 250
Bs. 500
Pago a la cuenta de la Gaceta Oficial De Bolivia Banco Unión
CTA. 1-293633 por Bs. 200.-
Promueve Bolivia apoya uso de marca
Con la finalidad de incrementar las exportaciones bolivianas con valor agregado, PROMUEVE BOLIVIA incentiva a los productores y empresas a registrar su marca para dar identidad a sus productos, permitiendo al productor nacional promocionar y vender sus productos en mejores condiciones a los mercados internacionales.
Oficina central: Avenida Argentina Nro 1914, Edif. Angélica María, entre Diaz Romero y Villalobos, La Paz Teléfonos: 2115700 – 2119276 – 2119251 Fax: 2115700 / e-mail: senapi@senapi.gob.bo
El Alto
Oficina Distrital: El Alto Av. 6 de Marzo, N° 80 Galería Armendia. Of. 205, Piso 2, Zona 12 de Octubre entre calles 2 y 3 Teléfono: 2141001 E-mail: elalto@senapi.gob.bo, info@senapi.gob.bo
Cochabamba
Oficina Distrital: Cochabamba Calle Chuquisaca # 649, Piso 2 entre Antezana y Lanza Zona Central – Noroeste Teléfonos: 4141403 E-mail: cochabamba@senapi.gob.bo
Con el propósito de simplificar y facilitar la actividad a los emprendedores y empresarios de Bolivia, a continuación se presenta la siguiente guía que muestra paso a paso el proceso para inscribir una Sociedad de Economía Mixta o Sociedad Anónima Mixta (S.A.M.) ante el Registro de Comercio – FUNDEMPRESA.
¿Qué es la Sociedad Anónima Mixta?
Las SAM son sociedades que integran al tipo de las anónimas y que invisten naturaleza pública y privada, es decir mixta por el origen de los aportes que constituyen su capital. En ellas, el Estado interviene en la dirección y administración de la sociedad a la par de los particulares, suscribiendo acciones para su constitución.
1. Elija correctamente la razón social o denominación de su empresa
La razón social: está formada por el nombre del propietario. Ejemplo: Gonzáles Consultores o Gonzáles & Villegas Consultores. No se debe incluir el nombre de otra persona que no sea propietario o socio y tampoco incorporar las palabras “asociados”, “corporación” o “holding”.
La denominación: nombre ficticio, incluyendo la referencia a la actividad económica principal de la empresa. Ejemplo: Los Girasoles Repostería y Panadería o Sastrería La Elegancia.
Para ambos casos los socios deben elegir nombres originales y exclusivos de preferencia clara y corta para que sea memorizable por los consumidores. Puede consultar en el portal web de Fundempresa para ver si existen nombres iguales o similares al de su empresa.
2. Realice el trámite de control de homonimia
Verifique la disponibilidad de una razón social o denominación que utilizará su empresa en Bolivia, mediante el Control de Homonimia. Para ello considere:
Requisitos: Formulario N° 0010 de solicitud de Control de Homonimia debidamente llenado y firmado por el cliente.
Plazo del trámite: Un día hábil, computable a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.
Costo: 175 Bs.
3. Declare de manera correcta el objeto social de su empresa
En otros términos, debe declarar la actividad que realiza una sociedad comercial. Tomando en cuenta la actividad económica concreta que realiza y los productos y/o servicios de la misma. Ejemplo: “Fabricación de productos de cuero como calzados para damas, varones y niños; maletas, bolsos, billeteras y cinturones”.
4. Requisitos
Formulario Nº 0020 de solicitud de Matrícula de Comercio con carácter de declaración jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal de la empresa.
Balance de apertura firmado por el representante legal y el profesional que interviene, acompañando la respectiva solvencia profesional original otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores.
Testimonio de la escritura pública de constitución social, en original o fotocopia legalizada legible, la misma debe contener:
Propuesta de formación de la sociedad.
Nº y fecha de decreto supremo que autorice la constitución, apruebe el proyecto de contrato de constitución, estatutos y la determinación del capital y porcentajes de participación de los sectores público y privado. (Adjuntar fotocopia simple).
Nº y fecha de Ley expresa que autorice el aporte estatal. (Adjuntar fotocopia simple).
Convenio suscrito entre el sector público y el sector privado, para la formación de la sociedad, conforme lo previsto en el Art. 428 num. 2) del Código de Comercio.
Acta de fundación con la aprobación de estatutos y la designación del directorio provisional de la sociedad.
Estatuto de la sociedad, el mismo que puede ser insertado en la escritura constitutiva o instrumentalizado por separado en un testimonio notarial.
Publicación del testimonio de constitución en un periódico de circulación nacional que contenga todos los datos, transcripción inextenso de las cláusulas y otros. Conclusión y concordancia de la intervención del Notario de Fe Pública. (Adjuntar página completa delperiódico en que se efectúa la publicación)
Testimonio de poder del representante legal original o fotocopia legalizada legible que contenga el acta de su nombramiento, para el caso en el que la escritura pública de constitución no determine el nombramiento del mismo. Si el representante legal es extranjero, debe presentar el documento original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación).
Certificado de depósito bancario emitido por cualquier entidad financiera del país, que consigne el capital pagado en dinero. La cuenta corriente bancaria debe estar a nombre de la sociedad en formación.
5. Plazo y arancel
El plazo es de 5 días computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.
Se debe pagar un arancel de 584,50 Bs.
6. Procedimiento
Presentada la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro del arancel correspondiente y la emisión del código de trámite que identifica el cargo de recepción.
En caso, que el representante legal sea extranjero, Ventanilla de Atención al Cliente debe efectuar la verificación de la fotocopia simple con el documento original que acredite la radicatoria del mismo, y una vez verificado debe ser devuelto dicho original en forma inmediata al cliente. Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quien luego de efectuar el análisis jurídico y verificar el cumplimiento de las formalidades legales establecidas, puede efectuar el registro de la sociedad o en su caso observar el trámite.
En el primer caso se otorga el número de Matrícula de Comercio a la sociedad, y se procede a digitar las partes pertinentes de la documentación que corresponda al trámite. Luego se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender la respectiva Matrícula de Comercio y los certificados pertinentes.
En el segundo caso, se emite una nota de devolución del trámite en la que se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y como puede subsanarse; derivándose la documentación del trámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.
En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimonio de aclarativa, complementación o modificación al instrumento de constitución, el Analista Jurídico debe realizar el procedimiento indicado precedentemente y en caso de proceder al registro, debe digitar en forma vinculante también los datos de dichos documentos dentro del mismo registro de la escritura de constitución.
Oficina Nacional: Avenida 6 de Agosto esq. Campos N° 2700 Edificio Torre Empresarial CADECO Piso 2. Ciudad de La Paz Atención al público: Lunes a Viernes de 09:00 a 17:00 Recepción de documentación de 9:00 a 18:00 Teléfono: 2145442 – 2125219 Fax: 2145441
Oficina Santa Cruz
Cainco: Av. Las Américas N°7 Edificio Torres CAINCO Atención al público: Lunes a Viernes de 08:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30 Teléfono: 3340100 Fax: 3367796
Chuquisaca – Sucre
C. España N° 66 Atención al público: Lunes a Viernes de 08:25 a 12:25 y de 14:25 a 18:25 Teléfono: 6913368
Cochabamba
El Prado, Av. Ballivian N° 638, esq. España, Piso 2 Atención al público: Lunes a Viernes de 08:25 a 12:25 y de 14:25 a 18:00 Teléfono: 4523096 – 4523073 Fax: 4122206
Beni – Trinidad
Avenida Germán Busch N° 27 Atención al público: Lunes a Viernes de 08:30 a 12:25 y de 14:30 a 18:25 Teléfono: 4621110
Oruro
C. Potosí esq. Adolfo Mier N° 1495 Atención al público: Lunes a Viernes de 08:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30 Teléfono: 5113656
Pando – Cobija
Avenida 9 de Febrero. Zona 11 de Octubre, Kilómetro 2. Atención al público: Lunes a Viernes de 08:30 a 12:20 y de 14:30 a 18:20 Teléfono: 8424895
Potosí
C. Matos N° 12 Atención al público: Lunes a Viernes de 08:30 a 12:00 y de 14:30 a 18:00 Teléfono: 6122895
Tarija
C. La Madrid esq. Padilla Edificio Cámara Departamental de la Construcción. Atención al público: Lunes a Viernes de 08:25 a 11:30 y de 14:30 a 17:30 Teléfono: 6113795Etiquetas: Empresa, FUNDEMPRESA
Todas las Sociedades Comerciales, Empresas Unipersonales de Bolivia, Sociedades Cooperativas, Sociedades Civiles, Asociaciones Civiles y Empresas Públicas; que cuenten con uno o más trabajadoras y/o trabajadores, deben inscribirse en el Registro Obligatorio de Empleadores a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social. Para tal efecto presentamos una guía de inscripción ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (MTEPS).
¿Qué hace?
Registra como empleador ante el MTEPS y obtener el Certificado de Inscripción en el Registro.
¿Para qué le sirve?
Para que este autorizado y pueda hacer uso de la utilización del Libro de Asistencia y/o Sistema Alternativo de Control de Personal así como la apertura del Libro de Accidentes.
Requisitos (Actualizado a Marzo de 2018)
Formulario Registro Obligatorio de Empleadores (ROE). Llenado y firmado por el representante legal de la institución (un original y dos copias).
Depósito de 145 Bs a la cuenta Banco Unión Nº 1-6036425 de Hrs. 8:30 a 15:00 en oficinas del Banco Unión.
El Empleador y/o Empresa de Bolivia inscritos en el mencionado Registro, deberá presentar obligatoriamente el trámite de Visado de Planillas Trimestrales de Sueldos y Salarios.
Nota
Con los requisitos apersonarse a Ventanilla Única en cualquier oficina Departamental o Regional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social para finalizar el trámite. Las empresas bolivianas cuentan con 3 meses desde su inicio de actividades para su inscripción sin multas.